Por los fundamentos antes expuestos este Juzgado Tercero de Municipio de la Circunscripción Judicial del Estado Vargas administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo establecido en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil Venezolano Vigente, DECLARA TITULO SUPLETORIO a favor de la ciudadana AURA MARIA LOVATO, venezolana, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad No. V-5.570.413, sobre unas bienhechurías ubicadas en el Barrio Los Claveles parte baja casa No. 19, Parroquia Maiquetía, Municipio Vargas del Estado Vargas y cuyas características y demás determinaciones se encuentran antes identificadas, tanto en el escrito de solicitud y constancia de bienhechurías emitida por el Consejo Comunal "Nicolasa Benítez" Sector el Jabillo parte baja.
Todo de conformidad con lo establecido en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil y al principio Constitucional de tutela judic.....