Con fundamento a las razones expuestas este tribunal en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por mandato de la ley DECLARA SIN LUGAR la DEMANDA por daños y perjuicios por abuso de derecho incoada por los ciudadanos EDUARDO A LINARES y JORGE LUIS URDANETA ROMERO contra las sociedades de comercio TRANSPORTE CROCETTI, C.A. y solidariamente TRANSPORTE COLIANO, C.A. Y AUTO TRANSPORTE CRODAL, C.A. respectivamente. Todos los sujetos procésales identificados en autos. Publíquese, regístrese. Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Tribunal Segundo De Sustanciación, Mediación Y Ejecución Del Trabajo Del Régimen Procesal Transitorio Del Estado Carabobo, en Valencia 03 de Junio del dos mil cuatro. Años: 194° y 145°.