Por las razones anteriormente expuestas, este Tribunal Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, declara:
1.- DESISTIDO el Recurso de Apelación aquí propuesto por la parte actora.
2.- Remitir el presente expediente al Juzgado Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de ésta Circunscripción Judicial, a quien correspondió el conocimiento del asunto en fase de mediación.
3.- Líbrese oficio al Juzgado Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de ésta Circunscripción Judicial, a quien correspondió el conocimiento del asunto en fase de cognición, donde se le participe del desistimiento efectuado por la parte recurrente.
4.- No hay condena en COSTAS por no ser pasibles de la misma quienes devenguen menos del triple del salario mínimo decretado por el Ej.....