DISPOSITIVA
En virtud de los razonamientos anteriormente expuestos este Tribunal de Primera Instancia en Función de Control, Audiencias y Medidas Nro. 2 con competencia en Violencia contra la Mujer del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del estado Lara, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley: PRIMERO: ADMITE totalmente la acusación presentada por el Fiscal Vigésima del Ministerio Público en contra del ciudadano JOSE LUIS GARCIA NUÑEZ, titular de la cedula de identidad N° 11.720.773, por la comisión del delito de VIOLENCIA FÍSICA, tipificado en el artículo 42 de la Ley Orgánica Especial, en agravio de la ciudadana MARILIN RIVERO; SEGUNDO: Se admiten las pruebas promovidas por el Ministerio Público y la Defensa por ser lícitas, legales y pertinentes; TERCERO: Se decreta la SUSPENSIÓN CONDICIONAL DEL PROCESO, seguido en contra del ciudadano JOSE LUIS GARCIA NUÑEZ, titular de la cedula de identidad N° .....