III
DECISIÓN
Por las razones precedentemente expuestas, este Juzgado Superior Civil y Contencioso Administrativo de la Región Centro Occidental, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: Su INCOMPETENCIA para decidir el recurso contencioso administrativo de nulidad interpuesto conjuntamente con amparo cautelar, y subsidiariamente, medida cautelar de suspensión de efectos, por el abogado Nelson Alain Cuevas Trujillo, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 48.323, actuando como apoderado judicial de la sociedad mercantil SR. CELULAR C.A., inscrita en el Registro Mercantil Segundo de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, en fecha 07 de abril de 2005, bajo el N° 061, tomo 12-A, expediente Nº 982; contra el acto administrativo contenido en la Providencia Administrativa N° 000862, de fecha 07 de octubre de 2008, dictada por la INSPECTORÍA DEL TRABAJ.....