En merito a las consideraciones expuestas, este Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Agua Blanca y San Rafael de Onoto del segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la autoridad conferida por Ley, DECLINA la Competencia por razón del territorio ante la Unidad Distribuidora Del Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Páez y Araure del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, en la presente solicitud de Separación de Cuerpos con fundamento al artículo 188 del Código Civil, incoada por los Ciudadanos: JOSÉ LUIS SÁNCHEZ Y JHOANA BAUTISTA LOPÉZ, (anteriormente identificados), Todo de conformidad al artículo 762 del Código de Procedimiento Civil, así como el artículo 188 y 189 del Código civil. Una vez quede firme el presente auto remítase el expediente a la Unidad Distribuidora Del Tribunal de Municipio O.....