Se declaró el DECAIMIENTO DE LA ACCIÓN en la solicitud de Separación de Cuerpos por Mutuo Consentimiento, intentada por los ciudadanos Franklin José Rojas Pire y Nohelia del Carmen Pereira,de la revisión de las actas que conforman el expediente contentivo de solicitud de Separación de Cuerpos por Mutuo Consentimiento, por cuanto se constató que el mismo se encuentra paralizado desde el día 11 de noviembre de 1996, sin que las partes solicitaran la conversión en divorcio, motivo por el cual se ordenó su notificación a los fines de que comparecieran a exponer los motivos inherentes a la perdida de interés procesal so pena de incurrir en decaimiento de la acción, todo ello en resguardo de las garantías constitucionales y al evidenciar este Tribunal que dichas notificaciones fueron debidamente practicadas en fechas 11 y 20 de mayo de 2015, y habiendo transcurrido los cinco (5) días de despacho otorgados a las partes para su comparecencia, no consta en autos actuación procesal que refleje i.....