DISPOSITIVA
Por todo lo anteriormente expuesto, este Tribunal Primero de Control del Circuito Judicial Penal del estado Sucre, Extensión Carúpano. Administrando Justicia, en Nombre de la república Bolivariana de Venezuela y Por Autoridad de La Ley, luego de revisar la necesidad de mantenimiento de la medida de coerción personal que pesa sobre los Acusados Jhonny Alberto Guerra León, Mauro Alberto Torres Zamora, Jhoatmer Alexander Hernández Brito y Jorge Luis Lameda, Acuerda mantener la misma y por ende se NIEGA, la sustitución de medida solicitada por la defensa, todo de conformidad con el artículo 264 del código orgánico procesal penal. Notifíquese. y ofíciese a la dirección del internado judicial de esta ciudad a los fines de que se rinda informe detallado y pormenorizado de la evasión o fuga del acusado Jhonny Alberto Guerra León.