Este Tribunal, dictó sentencia interlocutoria impartiendole HOMOLOGACIÓN al desistimiento planteado por el abogada MARCO ANTONIO APONTE, inscrito en el IPSA bajo el Nº 48.747, en su condición de Endosatario en Procuración del ciudadano FRANK VICENTE SALAZAR PINO, titular de la cedula de identidad Nº V.-10.937.673, quien tiene facultad expresa para desistir, de conformidad con el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil. En consecuencia, téngase como sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada.