REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO FALCÓN
SANTA ANA DE CORO:TRES (03) DE JULIO DE DOS MIL QUINCE (2015)
AÑOS: 205º y 156º
DECLINATORIA DE COMPETENCIA
Este Tribunal una vez realizada una exhaustiva revisión de actas procesales, observa que el bien inmueble apartamento que constituye el objeto del contrato de compra venta cuya nulidad por simulación se demanda, se encuentra ubicado en el estado Carabobo, Municipio San Diego, lugar donde fue debidamente protocolizado, ante el Registro Público del Municipio Naguanagua del estado Carabobo, en fecha 16 de septiembre de 2011, por tales razones el fuero territorial del lugar de ubicación del inmueble hace que sean los Tribunales de Primera Instancia con Competencia Civil de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, los competentes, tanto por la materia como por el fuero .....