DISPOSITIVA
POR TODOS LOS RAZONAMIENTOS ANTES EXPUESTOS, ESTE TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA PENAL EN FUNCIONES DE CONTROL DEL ESTADO FALCÓN, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, NIEGA ORDEN DE APREHENSION en contra del ciudadano RUBEN JOSE PULIDO CHIRINOS, venezolano, Mayor de Edad, Soltero, Electro Mecánico, Nacido en fecha 15-09-71, titular de la cedula de identidad N° V- 9.517.232, Residenciado en la Calle Monzón , entre Calles Colina e Iturbe, Coro, Estado, Falcón, por la comisión de uno de los delitos contra las buenas costumbres y el buen orden de las familias, ESPECIFICAMENTE EL DELITO DE VIOLACION, previsto y sancionado en el Artículo 375 del Código Penal Venezolano Vigente en concordancia con los Artículos 99 y 77 Ordinales 8°, 9° y 14° Ejusdem y 217 dela Ley Orgánica Para la Protección del Niño y del Adolescente, en contra de la Adolescente: ECH.....