Seguidamente este Tribunal Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley Declara EMBARGADO EJECUTIVAMENTE los bienes antes descritos por la cantidad de Treinta y Ocho Millones Quinientos Mil Bolívares (38.500.000 BS) y se declara la Desposesión Jurídica de los mismos. Se deja constancia que se hizo entrega a la Depositaria Judicial la Ciudadana CARMEN ROMERO BELLO, titular de la cédula de identidad N° V- 10.806.209, de las Llaves de los Nuevos Candados de las puertas de la Empresa "INDUSTRIAS LA CARMELITA S.A." y que la misma expone que por carecer de Medios de Transporte para retirar los bienes Embargados, manifiesta que los retirara en fecha posterior que ella misma indique. Se deja constancia que se canceló por concepto de Perito, Cerrajero y Candados la cantidad de Ciento Diez Mil Bolívares (110.000 BS). Es todo, se Terminó y se Leyó a las Una y Cuarenta (1:40) Minutos de la Tarde