DISPOSITIVA
En mérito a las razones que preceden, este Tribunal Octavo en funciones de Control el Circuito Judicial Penal del Estado Lara, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, de conformidad con el artículo 318 numeral 3 del Código Orgánico Procesal Penal, en concordancia con el Artículo 48 numeral 8 eiusdem y Artículo 108 numeral 6 del Código Penal, en la causa seguida a JEAN CARLOS PÉREZ FALCON, por la presunta comisión del delito de Lesiones Personales Leves y Amenaza, tipificado en el articulo 416 y 175 del Código Penal en concordancia con el articulo 217 de la LOPNNA, vigente para el momento del hecho, en perjuicio de ADOLESCENTE.
Notifíquese al Ministerio Público, victima e investigada. Remítase las actuaciones al Archivo Judicial, a los fines de su conservación y archivo en su oportunidad legal. Regístrese, Publíquese, Cúmplase.