Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, este tribunal Segundo de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano, Administrando Justicia, en Nombre de La República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con el artículo 105 del código penal, en relación con el artículo 496 del Código Orgánico Procesal Penal DECRETA la EXTINCIÓN de la pena impuesta JOSE JESUS SANTANA NUÑEZ, quien es Venezolano mayor de edad, y titular de la Cédula de Identidad N ° 14.976.990, soltero,, obrero, residenciado en la calle Principal de San Martín, Cerro Las Melchoras, Carúpano, Municipio Bermúdez del Estado Sucre, fue CONDENADO, a cumplir la pena de DOS (2) AÑOS Y OCHO (8) MESES DE PRISIÓN, por la comisión del delito de POSESIÓN ILICITA DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTRÓPICAS, previsto y sancionado en el Artículo 36 de la derogada Ley Orgánica Sobre Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, en perjuicio de LA COLECTIVIDAD, por cump.....