SE dictó SENTENCIA INTERLOCUTORIA, mediante la cual se declaró CON LUGAR el RECURSO DE APELACIÓN interpuesto en fecha 27 de mayo de 2015, por el abogado Paolo A. Gallo, apoderado judicial de la parte querellante, contra la decisión dictada en fecha 21 de mayo de 2015, por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara. En consecuencia, se REVOCA la decisión apelada, y se ordena al tribunal de la primera instancia dictar nuevo auto de admisión de la querella interdictal.