DISPOSITIVA
Por las razones antes expuestas, este Tribunal Primero de Control de la Sección de Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, acuerda conceder un PLAZO PRUDENCIAL DE TREINTA (30) DÍAS CONTINUOS, a los fines que la Representante del Ministerio Público dicte su acto conclusivo en la presente causa seguida a los adolescentes: xxxxxxxxxxxxxxxpor la presunta comisión de los delitos de OCULTAMIENTO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTRÓPICAS y OCULTAMIENTO DE MUNICIONES, previstos en los artículos 149 de la Ley Orgánica de Droga, y el artículo 110 de la Ley Orgánica para el Desarme y Control de Armas y Municiones, respectivamente, en perjuicio de la COLECTIVIDAD y DEL ESTADO VENEZOLANO, respectivamente, para los adolescentes JOSÉ MIGUEL VICENT ROQUE y YEFRI JOSÉ GONZÁLEZ RIVERO, y a la adolescente xxxxxxxxxxxxxxxxx y los delitos de OCULTAMIENTO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y.....