Por lo tanto impuesto para este jurisdicente, la valoración de los medios probatorios cursantes en autos; documentales, testigos, inspección judicial adminiculados con el indicio generado de la prueba oficiosa al indicio de la prueba oficiosa, todos valorados en el presente fallo, se evidencia la posesión agraria legitima que sobre el fundo "La Caridad", ejerce la sociedad agraria AGROPECUARIA EL RETORNO, C.A. En orden, también se observa la determinación objetiva del predio señalado y la comisión de actos perturbatorios por parte los demandados ciudadanos CAMILO CORONA y JENNY CONSTANTINE KASSAR, los días veintiocho (28) y veintinueve (29) de enero de 2023; que alteraron la paz social en el campo, afectando el desarrollo de actividades agrarias productivas, razón por la cual habiendo sido demostrados los supuestos de hecho constitutivos al derecho invocado, aprecia este Tribunal, que debe han sido probados los elementos de procedencia de la acción ejercida y en consecuencia ser ordena.....