este Tribunal Segundo de Control de este Circuito Judicial Penal, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley Decreta: el SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA PARA LOS IMPUTADOS JUAN NICOLAS GONZALEZ RUIS, titular de la Cédula de Identidad N° 15.044.030, ANGEL LUIS BRITO LEÒN, titular de la Cédula de Identidad N° 20.284.234, RHOYS PAULINO HERNANDEZ, titular de la Cédula de Identidad N° 20.935.700, y EUCLIDES JESÙS RODRÌGUEZ, titular de la Cédula de Identidad N° 16.722.596, por su presunta participación en la comisión del delito de Ocultamiento de Arma de Fuego, previsto y sancionado en el artículo 277 del código penal, en perjuicio del ESTADO VENEZOLANO,