Se dictó SENTENCIA INTERLOCUTORIA, mediante la cual se acordó DECLINAR LA COMPETENCIA para conocer el presente CONFLICTO DE COMPETENCIA, en un Juzgado Superior con competencia Civil, Mercantil y Menores de la Cicunscripción Judicial del Estado Lara. Se ordenó remitir el presente expediente, a la URDD Civil para su distribución, una vez se encuentre firme la presente decisión.