Este Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región Centro-Norte, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara
CON LUGAR el recurso contencioso administrativo funcionarial interpuesto por la ciudadana MARÍA DE LOURDES SILVA MEDINA, titular de la cédula de identidad Nº V- 14.491.745, asistida por el abogado CARLOS ALEJANDRO PADRINOS MALPICA, antes identificado, contra el INSTITUTO DE VIVIENDA Y EQUIPAMIENTO DE BARRIOS DEL ESTADO CARABOBO, y en consecuencia:
1.- SE DECLARA: La nulidad del acto administrativo de destitución contenido en la Providencia Administrativa N° P-001-2010 de fecha 1° de marzo de 2010, suscrito por el Presidente del Instituto de Vivienda y Equipamiento de Barrios del Estado Carabobo, contentivo del acto administrativo de destitución.
2.- SE ORDENA: Al Presidente del Instituto de Vivienda y Equipamiento de Barrios del Estado Carabobo, reincorporar a la ciudadana MARÍA D.....