Por los motivos expuestos, este Juzgado Segundo de los Municipios Falcón y Los Taques de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, con sede en Pueblo Nuevo, administrando justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la solicitud de divorcio formulada por los ciudadanos LUIS EDUARDO POLANCO POLANCO Y AGNEDY OLIVECY COLINA RODRÍGUEZ, ambos identificados y en consecuencia queda disuelto el vínculo matrimonial que les une, en el cual contrajeron matrimonio civil, en fecha 18 de Noviembre del 2005, por ante la Dirección de Seguridad, Protección y Registro Civil de Pueblo Nuevo, Municipio Falcón del Estado Falcón, lo cual consta de acta inserta bajo el Nº 39, folio 103 de los Libros de Matrimonio Civil llevados ante dicha Dirección. Por cuanto no hay bienes de fortuna durante el matrimonio nada hay que liquidar con respecto a la comunidad conyugal. Por cuanto la presente sentencia no tiene apelación se declara DEFINITIVAMENTE FIR.....