Por las consideraciones anteriores, este Juzgado Superior del Circuito Judicial de Protecciòn de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR, la apelación formulada por las ciudadanas LEIDYS JUEDITH CALDERON OLIVEROS, PAOLA CAROLINA PEROZO MONTES, AYLIN ELOINA CLAIB BLANCO, ANABELLA BRICEÑO PARRAGA, MARIA MAGDALENA LEAL ALVARADO, JOHANA COROMOTO RODRIGUEZ Y LA UNIDAD EDUCATIVA COLEGIO YUCATAN, en contra de la en contra de la sentencia de fecha 20 de septiembre de 2011, dictada por el Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial de Protecciòn de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Lara con sede la ciudad de Barquisimeto, que declaró inadmisible la acción de amparo incoada por las prenombradas ciudadanas en contra de la Zona Educativa del Estado Lara. En consecuencia, se revoca dicha sentencia y se ord.....