PRIMERO: Se declara CONSUMADO EL DESISTIMIENTO del recurso de apelación -formulado mediante diligencia de fecha 29 de abril de 2012 (folio 37)-, por la abogada CIOLY JANETTE ZAMBRANO A., inscrita en el Inpreabogado con el número 23.623, actuando en su carácter de apoderada judicial de la parte actora, ciudadana KARINA DEL VALLE FERNÁNDEZ MOLINA, contra el auto de fecha 27 de abril de 2012 (folios 35 y 36), mediante el cual el JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA, desestimó la prueba contentiva de los precedentes jurisprudenciales promovida por la recurrente, por no ser un medio de prueba prevista por el legislador, y asimismo admitió la prueba testifical cuanto ha lugar en derecho y salvo su apreciación en la definitiva, ordenando su evacuación conforme a la ley.
SEGUNDO: En virtud que el desistimiento fue formulado antes de la verificación de actuación procesal alguna, no se hace especial pronun.....