DISPOSITIVA
Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, la Corte de Apelaciones administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, hace los siguientes pronunciamientos:
PRIMERO: Declara IMPROCEDENTE, la presente acción de amparo interpuesta por el Ciudadano Luís Eduardo Gutiérrez, titular de la cédula de identidad N° 7.421.143, actuando en nombre y representación de la Firma Mercantil CASA BLANCA C.A., asistido por el Abg. Cruz Mario Valera Hernández, por la presunta OMISIÓN DE PRONUNCIAMIENTO, en la causa principal signada con el Nº KP01-P-2012-008761, sobre el escrito de nulidad absoluta presentado en fecha 28 de Julio de 2014, así como del requerimiento del expediente principal No. 13-DDC-F5-2608-2012, a la Fiscalia Quinta del Ministerio Público.
Regístrese la presente decisión. Notifíquese a las partes.
La parte interesada podrá apelar de la presente decisión en el lapso legal correspondiente para ello.
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