Por las razones que anteceden, en nombre de la República y por Autoridad de la Ley se declara la cesación de la medida de Libertad Asistida, en favor del adolescente (Identidad Omitida), identificado supra; por la comisión del delito Porte Ilícito de Arma de Fuego, previsto y sancionado en el artículo 278 del Código Penal, ocurrido el 03 de junio de 2003. Se ordena el archivo del Asunto en su oportunidad.