Este Tribunal publica dentro del lapso decisión en la cual NIEGA el otorgamiento de la Medida Cautelar Sustitutiva de Libertad, solicitada por la defensora YELIMAR ESPINOZA, para su defendido Imputado HECTOR SIMON PINEDA MEDINA, antes identificado y Acuerda mantener la Medida de Privación Judicial Preventiva de Libertad, de conformidad con los Artículos 250 ordinal 1°, 2° y 3° y el artículo 251 del Código Orgánico Procesal Penal. Notifíquese a las partes.