III
DECISIÓN
Por las razones precedentemente expuestas este Juzgado Superior Civil y Contencioso Administrativo de la Región Centro Occidental, con sede en Barquisimeto, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, decide:
PRIMERO: Se declara IMPROCEDENTE el Amparo Cautelar interpuesto por la representación judicial del ciudadano WING KING CHIU, antes identificado, en contra de la ALCALDÍA DEL MUNICIPIO IRIBARREN DEL ESTADO LARA.
SEGUNDO: Se declara CON LUGAR la medida cautelar de suspensión de los efectos solicitada por la representación judicial del ciudadano WING KING CHIU, antes identificado, en contra de la ALCALDÍA DEL MUNICIPIO IRIBARREN DEL ESTADO LARA. En consecuencia, se suspenden los efectos jurídicos de la Resolución Administrativa Nº 200-08, de fecha 16 de junio de 2008 dictada por la ALCALDÍA DEL MUNICIPIO IRIBARREN DEL ESTADO LARA, hasta tanto haya sentencia definitiva del asunto principal.
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