Por las razones antes expuestas este Juzgado Superior Primero en lo Civil, Mercantil, del Tránsito, Bancario y de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA: PRIMERO: SIN LUGAR la apelación interpuesta el 01 de marzo de 2.010, por el abogado EDISON RODRIGUERZ LOVERA, en su carácter de apoderado judicial de la sociedad mercantil ATIMECA, C.A., contra la sentencia definitiva dictada en fecha 14 de enero de 2010, por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Bancario de esta Circunscripción Judicial.- SEGUNDO: CON LUGAR EL DERECHO A COBRAR HONORARIOS PROFESIONALES, solicitado por la abogada NORYS DEL VALLE SUNIAGA FIGUERA, actuando en su propio nombre y representación, contra la sociedad Mercantil ATIMECA C.A.. En consecuencia, SE CONDENA a la parte demandada, a pagarle a la parte actora, la cantidad de QUINCE MIL BOLÍVARES FUERTE.....