Por las razones precedentemente expuestas este Juzgado Superior Estadal Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, de Cumana Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, decide:
PRIMERO: Declara CON LUGAR la Querella Funcionarial, interpuesta por el ciudadano Joan Manuel Aillon Martínez, antes identificado, contra el Instituto Autónomo de Policía Municipal del Municipio Sucre del estado Sucre.
SEGUNDO: Se ordena el pago a la querellante, tanto de las prestaciones sociales, como del Fideicomiso, las Vacaciones (2011-2012 y 2012-2013), Vacaciones Fraccionadas (2013-2014), Bono Vacacional (2011-2012 y 2012-2013), Bono Vacacional Fraccionado (2013-2014), Diferencias de Sueldos y Cesta Ticket (2010, 2011, 2012, 2013 y 2014).
TERCERO: Se ORDENA la realización de una experticia complementaria del fallo, conforme a lo dispuesto en el artículo 249 del Código de Procedimiento Civil, a los fin.....