Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Superior Segundo en lo Civil, Mercantil, Bancario y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara: PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la parte demandante, ciudadano CARLOS RAMÍREZ; SEGUNDO: SE MODIFICA la sentencia dictada el 18 de marzo de 2013 por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo; TERCERO: INADMISIBLE la demanda por retracto legal arrendaticio interpuesta por el ciudadano CARLOS RAMÍREZ en contra de la ciudadana SANDRA MARIBEL MATERANO y la sociedad de comercio LA SAMANA C.A.
No hay condena en costas procesales, dada la naturaleza de la presente decisión.