II
Por todo lo antes expuesto, este tribunal Quinto de municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Puerto Cabello y Juan José Mora del Circuito Judicial Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo. Extensión Puerto Cabello, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA BASTANTE la precitada Justificación a los ciudadanos ANA MARIA PEREZ MANZANO, ELSILIA YUSMERVYS PEREZ PIÑA, HILDA JOSEFINA PEREZ DE SANCHEZ, MARBELYS ALICIA PEREZ MANZANO, ISAIDA NOELIA PEREZ MANZANO, ISAIAS GREGORIO PEREZ MANZANO, KEILA MAGDALENA PEREZ PIÑA y DEBORA NILUC PEREZ PIÑA, mayores de edad, titulares de las cedulas de identidad Nos. V-7.169.712, V-12.427.958, V-7.158.700, V-8.590.049, V-8.601.645, V-8.610.948, V-12423.382 y V-13.664.574, respectivamente, como Únicos y Universales Herederos del De Cujus NICOLAS GREGORIO PEREZ RODRIGUEZ, quien en vida fuera titular de la cedula de id.....