Por todas las razones expuestas, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, ADMINISTRANDO JUSTICIA, EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA, Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, dicta los siguientes pronunciamientos:
PRIMERO: Se declara SIN LUGAR, el recurso de apelación de auto, interpuesto por el Abg. Manuel Coromoto Brito Sánchez en su condición de Apoderado Especial de la Víctima y Querellante "Agropecuaria Vega Abajo, C. A.", contra la decisión dictada en Audiencia de fecha 28 de Marzo de 2007 y publicada en fecha 30 de Marzo de 2007 por el Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Control Nº 1 del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, mediante la cuál declaró sin lugar la solicitud de aplicación de medidas de coerción personal y patrimonial efectuadas por el Ministerio Público y la víctima de prohibición de salida del país, presentación periódica y embargo preventivo de bienes, en contra de los imputados Luís José Oropeza Álvarez, Daniel He.....