este Tribunal Primero de Control del Primer Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, sede Cumaná, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Admite totalmente la acusación fiscal en contra del ciudadano PEDRO ALEXANDER VILLAFRANCA RENGEL de 33 años de edad, titular de la cédula de identidad Nº 13.221.744, de fecha de nacimiento 07/12/1977, de profesión mecánico, de estado civil casado; residenciado en el Sector de Guada, calle Principal, casa sin número, vía San Juanillo, de la Parroquia Cumanacoa del municipio Montes, Estado Sucre, como a 300 mts de la panadería, Hijo de Pedro Villafranca y Martha Rengel, por la comisión del delito de VIOLENCIA FÍSICA previsto y sancionado en el artículo 42 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de la Mujer a una Vida Libre de Violencia, en perjuicio de la ciudadana Yolimar Coronado Márquez; y se decreta la suspensión del proceso por el lapso de un (01) año, y le impone como condiciones, las.....