Por todo lo expuesto, en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, este Tribunal de Primera Instancia de Responsabilidad Penal de Adolescente en función de juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, declara sin lugar el cambio de la medida cautelar de PRISION PREVENTIVA, a favor de las adolescentes IDENTIDADES OMITIDAS, identificado en actas, en el proceso que se le sigue por la presunta comisión del delito de OCULTAMIENTO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTRÓPICAS previsto y sancionado en el articulo 149 de la ley orgánica de droga, ocurrido el día 02 de Noviembre de 2010. Notifíquese a la Defensora Privada .Regístrese