DISPOSITIVA
En consecuencia esta Sala Nº 01 de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Carabobo, Declara: INADMISIBLE EL RECURSO DE REVISION DE SENTENCIA que fuere interpuesto por la ciudadana BELSY GREGORIA SILVA, en su condición de Viuda del ciudadano PASTOR JOSE YAJURE LIZCANO, asistida por el defensor privada Abg. REMIGIO MARQUEZ, en contra de la SENTENCIA DE SOBRESEIMIENTO en fecha 15 de septiembre del año 2003, emitida por el Tribunal Segundo (2) de Primera Instancia en Función de Control de este Circuito Judicial Penal, Extensión Puerto Cabello, sin perjuicio de una nueva interposición de la acción recursiva con fundamento en distintos motivos, toda vez que no cumple con la debida congruencia y fundamentación jurídica, así como igualmente carece de prueba idónea con el objeto de soportar el presupuesto de procedencia alegado, referido a que la sentencia no es condenatoria, es un sobreseimiento, que no se ha.....