Por todos los razonamientos antes expuestos, este Juzgado de Primera Instancia en lo Penal en funciones de Juicio No. 6 actuando en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley CONDENA al Ciudadano: Duran Roa Anthony Jonnael, plenamente identificado en esta decisión, a cumplir la pena de CUATRO (4) AÑOS, CINCO (5) MESES Y DIEZ (10) DIAS DE PRISION MAS LAS ACCESORIAS DEL ART. 16 DEL CODIGO PENAL, por encontrarlo culpable y penalmente responsable de la comisión del delito de Robo Agravado de Vehículo Automotor en Grado de Facilitador previsto y Sancionado en el Art. 5 y 6 ordinales 1, 2 y 3 de la Ley Sobre el hurto y Robo de Vehículo en relación con el art.84 Numeral 3 del Código Penal, permaneciendo en el Centro de Reclusión que tenga bien designar el Juez de Ejecución a quien corresponda conocer de la Ejecución de la Pena, de conformidad con lo establecido en el artículo 482 del Código Orgánico Procesal Penal. Igualmente se le condena al cumplimient.....