PRIMERO: Se declara SIN LUGAR la solidaridad de la empresa demandada HIDROLARA C.A., con la codemandada, empresa ASOCIACIÓN COOPERATIVA AGUAS DE QUIBOR R.L, ambas debidamente identificadas en pasados autos.
SEGUNDO: Se declara PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda intentada por el ciudadano RICARDO JOSÉ RODRÍGUEZ SEQUERA, titular y portador de la Cédula de Identidad Nro. V-11.027.047, contra la empresa ASOCIACIÓN COOPERATIVA AGUAS DE QUIBOR R.L, condenándose a esta última para que pague al demandante la cantidad de Bolívares sesenta y un mil noventa y dos con treinta y seis céntimos exactos (Bs. 61.092,36), por concepto las pretensiones reclamadas en la demanda, las cuales, han sido determinadas en la parte motiva de esta Sentencia; más los intereses por prestación de antigüedad, intereses moratorios y la indización que liquidará el respectivo Juez de Ejecución, conforme a previsto y sancionado en la Ley Orgánica Procesal del Trabajo y el Código de Procedimiento Civil.
TERCERO: No h.....