este Juzgado Superior en fecha 31 de mayo de 2016, en la querella funcionarial, incoada por la Abogada ADELINA GÓMEZ PÉREZ, inscrita en el Instituto de Previsión Social de Abogado bajo el Nº 48.655, actuando en su carácter de apoderada judicial de la ciudadana TERESA MIRABAL MORENO, titular de la cedula de identidad Nº 10.269.739, contra la Providencia Administrativa Nº AML-CMAG-001/2010 de fecha veintiocho (28) de junio de 2010, emanada de la ALCALDÍA DEL MUNICIPIO LIBERTADOR DEL ESTADO CARABOBO en donde se ordena una Experticia complementaria del fallo, cual ha sido considerada jurisprudencialmente como parte integrante de la sentencia definitiva que la ordena, por lo tanto, goza de la misma naturaleza que caracteriza este tipo de decisiones. Se ordena la notificación a los ciudadanos SÍNDICO PROCURADOR MUNICIPAL y ALCALDE DEL MUNICIPIO LIBERTADOR DEL ESTADO CARABOBO para que estén en conocimiento de la AMPLIACION DE LA EXPERTICIA COMPLEMETARIA AL FALLO, ordenada en la presente causa.....