Por todo lo expuesto en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley se declara el SOBRESEIMIENTO DEFINITIVO, en la causa a favor de la adolescente (identidad omitida); por el delito de Lesiones Graves, previsto y sancionado en el artículo 416 del Código Penal, en perjuicio de Dairy Sugeima Rodríguez; de conformidad con el literal “d” del artículo 561 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente. Notifíquese a las partes.