En mérito a las consideraciones anteriores, este Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la circunscripción Judicial del Estado Carabobo, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECLARA: la CONFESIÓN FICTA de la parte demandada INVERSIONES FIFTY FIFTY C.A., inscrita por ante el Registro Mercantil Segundo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, en fecha 03 de abril de 1986, bajo el N° 10, tomo 5-B, representada por los abogados, CARLOS MANUEL FIGUEREDO VILLAMIZAR, CARLOS MANUEL FIGUEREDO MECQ, JESUS EDGARDO MECQ MEDINA, LILIANA ACUÑA Y ADRIANA CARVAJAL BISULLI, inscritos en el INPREABOGADO bajo los Nros. 7.278, 78.461, 74.534, 125.276, 125.277 y 48.617, respectivamente; de conformidad a lo establecido en el artículo 362 del Código de Procedimiento Civil. En consecuencia SE DECLARA PRIMERO: SIN LUGAR la Cuestión Previa previstas en los Ordinal 10 del Artículo 346 del Código de Pro.....