Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Segundo del Municipio Guanare del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara la CONVERSIÓN EN DIVORCIO de la solicitud de Separación de Cuerpos, efectuada por los ciudadanos JESÚS ALBERTO ULACIO CAMPOS y CRISBELIS CAROLINA PÉREZ QUEVEDO, ya identificados; decretada por este mismo Órgano Jurisdiccional, el día veinte de noviembre de dos mil catorce (20-11-2014), según lo establecido en el artículo 189 del Código Civil. En consecuencia, de conformidad con lo pautado en el artículo 184 eiusdem, queda DISUELTO el vínculo conyugal contraído por los referidos ciudadanos, contraído en fecha treinta de enero de dos mil trece (30-01-2013), por ante Oficina Municipal de Registro Civil del Municipio Guanare, del estado Portuguesa, tal como se evidencia del Acta inserta al Tomo 01, Folio 17, signada bajo e.....