este Tribunal Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Lara, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad de la Ley, DECLARA la INTERDICCIÓN PROVISIONAL del ciudadano EDGAR DAVID RODRÍGUEZ BRUSTEIN, venezolano, titular de la cedula de identidad Nº 5.968.076. En consecuencia, se designa como Tutor Provisional del referido ciudadano, al ciudadano RAÚL ALBERTO RODRÍGUEZ BRUSTEIN, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-5.968.076, quien deberá comparecer por ante este Tribunal el TERCER (3°) DÍA DE DESPACHO SIGUIENTE, a que conste en autos su notificación, a manifestar su aceptación o excusa, sobre el cargo recaído sobre su persona, y en el primero de los casos a prestar el juramento de Ley. Líbrese boleta de notificación, con la debida advertencia, que deberá protocolizarse la presente decisión en el Registro Público del estado Lara, la cual constituy.....