EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECIDE: PRIMERO: Oída las exposiciones de la Defensa y el Ministerio Público, éste Tribunal de conformidad art. 313 del C.O.P.P. por remisión del art. 537, aparte único de la L.O.P.N.A. , ACUERDA conceder un lapso de SESENTA (60) DIAS CONTINUOS a fin de que la Vindicta Pública Público presente acto conclusivo en la presente investigación, por las circunstancias explanadas por el Ministerio Público de una serie de diligencias investigativas que faltan por realizar, plazo que vence el día 04 de Julio del 2006. SEGUNDO: Ante la solicitud de Acto de Reconocimiento en Rueda de individuos se procederá a la revisión de la Agenda Diaria del Tribunal para la fijación de día, hora y fecha para su realización y consecuencialmente se notificará a las partes. TERCERO: Se ordena remitir a solicitud Fiscal Copia Certificada del Informe Socio económico practicado al adolescente Imputado (RESRVADO) (RESRVADO), que cursa en.....