III
DECISIÓN
Por las razones precedentemente expuestas este Juzgado Superior Civil y Contencioso Administrativo de la Región Centro Occidental, con sede en Barquisimeto, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
- PROCEDENTE el amparo cautelar solicitado en el recurso contencioso administrativo de nulidad interpuesto conjuntamente con amparo cautelar y, subsidiariamente, medida cautelar de suspensión de efectos, por la abogada Carmen Suárez de Vivas, actuando con el carácter de apoderada judicial de la sociedad mercantil EL TUNAL, C.A., contra el acto administrativo contenido en el auto de admisión de la solicitud de reenganche y pago de salarios caídos de fecha 23 de marzo de 2010, notificado el 14 de abril de 2010, mediante el cual se acuerda medida cautelar innominada a favor de la ciudadana Lérida Yaneth Vivas Giménez, titular de la cédula de identidad Nº 13.986.522, emanado de la INSPECTORÍA DEL TRABAJO DEL.....