ESTE TRIBUNAL DE CONTROL N° 02, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECRETA: EL SOBRESEIMIENTO, de la presente causa REINALDO SOTO VILORIA, de nacionalidad venezolana, natural de Monte Carmelo, E3tado Trujillo, nacido en fecha 12-02-1974, titular de la cédula de identidad Nro. V-12.220.832, de profesión u oficio Técnico Superior en Electrónica, hijo de Elsi Margarita Vitoria de Soto (y) y de José Ignacio Soto Gómez (y), domiciliado en la urbanización Buenos Aires, calle principal, casa Nro. 3-89, cerca del INCE, El Vigía, teléfono 0414-241.3055 y 0275-881.0324; asistido por la Defensora Privada Abogada MARITZA COROMOTO RIVAS BELANDRIA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de Nro. V-9.023.726, debidamente inscrita ante el Inpreabogado bajo el Nro. 96.783, con domicilio m el Centro Comercial La Gladiola, oficina 10. El Vigía, Estado Mérida, teléfono 0424-7511964, en perjuicio de ESMARLY DEL VALLE DURAN RIVERA, .....