Por todo lo anteriormente expuesto, este Tribunal de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón, extensión Punto Fijo, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA LA REDENCIÓN DE LA PENA POR TRABAJO Y ESTUDIO, a favor del penado YOLIKAR RAQUEL REYES BARRERA, de nacionalidad venezolana, titular de la Cédula de Identidad Nº 23.337.587, nacido en fecha 24/04/87, de 24 años de edad, de estado civil soltera, de profesión u oficio: obrera, residenciada, villa del Mar, calle principal, casa Nº 72, color amarilla, diagonal a una camioneta roja que esta dañada, Estado Falcón, Teléfono: 0269-245.9330, consistente en DIEZ (10) MESES Y UN (1) DIA, de trabajo y estudio realizados n la Comunidad Penitenciaria de la ciudad de Coro, Estado Falcón, todas avaladas la Junta de Rehabilitación Laboral y Educativa de ese centro penitenciario, de conformidad a lo previsto en el artículo 3 de la Ley de Redención Judicial de la Pen.....