Se dictó SENTENCIA INTERLOCUTORIA CON FUERZA DE DEFINITIVA, mediante la cual se declaró CON LUGAR el RECURSO DE APELACIÓN interpuesto en fecha 13 de febrero de 2015, por los ciudadanos Laura Cristina Mujica y Eduardo Ramòn Chiarilli, en su condiciòn de residentes de la Junta Directiva de la Asociaciòn de Propietarios y Residentes de la Urbanización El Pedregal, asistidos de abogado, contra la decisión dictada en fecha 12 de febrero de 2015, por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripciòn Judicial del Estado Lara. Se declaró INADMISIBLE la acción de amparo constitucional incoada por el abogado Alexis Viera Brandt, contra la Junta Directiva de la Asociación de Propietarios y Residentes de la Urbanización El Pedregal. Quedó asi REVOCADA la decisión apelada.