Por todas las razones expuestas, este TRIBUNAL SEPTIMO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS VALENCIA, LIBERTADOR, LOS GUAYOS, NAGUANAGUA, Y SAN DIEGO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, conforme a derecho declara:
1. PRIMERO: CON LUGAR la solicitud de DIVORCIO (DESAFECTO) incoada por los ciudadanos FRANCIS ELENA ESCALANTE y ALBERTO JOSE SANCHEZ ORRANTIA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cedulas de identidad Nros. V-8.849.556 y V-7.068.698, la primera representada y el segundo asistido por la abogada en ejercicio GLENIS RAMOS RODRIGUEZ, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nros. 62.259, y en consecuencia se declara DISUELTO el vínculo matrimonial mediante inserción de acta de matrimonio en el Registro Civil del Municipio Naguanagua del Estado Carabobo.
2. SEGUNDO: Se acuerda librar los oficios correspo.....