Conforme a lo expuesto, este Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región Centro Norte, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, declara:
1. PROCEDENTE la medida cautelar de suspensión de efectos interpuesta por la abogada IVONNE CRISTINA MARCHAN RODRIGUEZ, cédula de identidad V-8.436.601, Inpreabogado Nro. 38.943, apoderada judicial de LADRILLERA GUIGUE, C.A., inscrita en el Registro Mercantil Segundo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, el 09 junio 1983, Nro. 62, Tomo 27-B.
2. En consecuencia, se ORDENA la suspensión de los efectos de la Providencia Administrativa Nro. 134-2009, dictada el 30 noviembre 2009, por la Inspectoría del Trabajo en los Municipios Valencia, Parroquias El Socorro, Santa Rosa, Candelaria, Miguel Peña, Municipio Libertador, Bejuma, Montalbán y Carlos Arvelo del Estado Carabobo, por medio de la cual se le impone a la parte recur.....