DECISIÓN
Por las razones antes expuestas, este Juzgado Superior Segundo del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley declara:
ÚNICO: Inadmisible el Recurso de Abstención interpuesto, toda vez que no cumple los extremos requeridos en el articulo 33 y 66 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contenciosa Administrativa.
PUBLIQUESE, REGÍSTRESE Y DÉJESE COPIA.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Superior Segundo del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, en Valencia a los cuatro (04) días del mes de Junio del año 2013. Años 203º de la Independencia y 154° de la Federación.-